Novedades en la jubilación flexible. El Gobierno acaba de aprobar un real decreto que mejora los incentivos económicos para que los jubilados que voluntariamente lo deseen puedan reincorporarse a la actividad y compatibilizar su pensión con un trabajo a tiempo parcial. Además, amplía esta posibilidad a quienes quieran emprender una actividad por cuenta propia, es decir, hacerse autónomos.
El Consejo de Ministros aprueba un real decreto que entrará en vigor dentro de tres meses
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Novedades en la jubilación flexible. El Gobierno acaba de aprobar un real decreto que mejora los incentivos económicos para que los jubilados que voluntariamente lo deseen puedan reincorporarse a la actividad y compatibilizar su pensión con un trabajo a tiempo parcial. Además, amplía esta posibilidad a quienes quieran emprender una actividad por cuenta propia, es decir, hacerse autónomos.
El texto que ha validado este martes el Consejo de Ministros es fruto de la negociación llevada a cabo el año pasado entre el Ministerio de Seguridad Social que dirige la ministra y portavoz del Gobierno Elma Saiz y los agentes sociales. Y en un momento dado provocó incluso el rechazo de la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, que manifestó públicamente sus «discrepancias» sobre esta reforma. Finalmente, el real decreto ha visto la luz con algunas modificaciones.
En concreto, la reforma, que entrará en vigor a los tres meses de su próxima publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), mejora las condiciones que se ofrecieron en los borradores inciales entregados a patronal y sindicatos. Los cambios van principalmente en el sentido de aumentar los incentivos económicos para aquellos jubilados que deseen volver a la actividad. Como se explicó en estas páginas, con esta reforma el Gobierno prevé multiplicar por 15 el colectivo de jubilados que vuelven a trabajar: de poco más de 3.000 a casi 45.000 al año.
«El objetivo es facilitar que las personas jubiladas puedan seguir activas laboralmente sin perder completamente su pensión, incentivando así el envejecimiento activo y la permanencia voluntaria en el mercado laboral», defienden desde Seguridad Social fuentes que enmarcan el real decreto en la reforma de pensiones acordada por el Gobierno y los interlocutores sociales y aprobada en 2024, donde se contemplan diferentes incentivos para mejorar la transición del empleo a la jubilación y favorecer la compatibilidad del trabajo y la pensión, la demora voluntaria o, en este caso, el retorno a la actividad laboral.
Una de las principales novedades es que ya no se limita únicamente al trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial. También podrán acogerse quienes quieran desarrollar una actividad por cuenta propia como autónomos, siempre que no hayan estado dados de alta como autónomos en los tres años anteriores a la fecha de jubilación. Además, no será necesario esperar un periodo mínimo desde la jubilación para solicitar la jubilación flexible. Se podrá acceder en cualquier momento, una vez reconocida la pensión.
Respecto a los incentivos económicos, en el caso de los pensionistas que compatibilicen con una actividad por cuenta ajena a tiempo parcial, la horquilla para la realización de esta jornada se abre del 33% al 80% (antes el jubilado podía realizar una jornada entre el 25% y el 75%). La cuantía de la pensión se reducirá en proporción inversa a la disminución de la jornada de trabajo. Como novedad, cuando se acceda a la jubilación flexible pasados al menos 6 meses desde la jubilación, el pensionista percibirá un porcentaje adicional de pensión.
De modo que las jornadas a tiempo parcial que se encuentren entre el 55% y el 80% incrementarán el importe de la pensión en un 25% adicional; mientras que las que sean igual o superior al 33% pero inferiores al 55% subirán un 15% adicional. En el caso del trabajo autónomo, el pensionista podrá percibir hasta 25% de la pensión mientras desarrolla la actividad compatible.
Desde el Ministerio explican que durante el periodo de jubilación flexible el trabajador seguirá teniendo la condición de pensionista a efectos de asistencia sanitaria y protección social. Además, el pensionista que haya accedido de forma involuntaria a una jubilación anticipada, cuando regrese a la jubilación plena desde la jubilación flexible, verá mejorada su pensión inicial al recalcularse su base reguladora y el porcentaje aplicable, según el periodo de cotización acreditado.
La nueva regulación, que mejora las condiciones para las jubilaciones demoradas, se aplicará a todos los regímenes de Seguridad Social, a excepción de los regímenes especiales de los funcionarios Civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas y del personal al servicio de la Administración de Justicia.
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