La unanimidad de los miembros del Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña (CGE) ha advertido este martes de que la proposición de ley para limitar las compras especulativas de vivienda vulnera varios artículos del Estatut catalán y de la Constitución española.
La institución, que tiene un carácter consultivo, condena la tramitación urgente así como la vulneración de las competencias del Estado o del derecho de la propiedad privada
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La unanimidad de los miembros del Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña (CGE) ha advertido este martes de que la proposición de ley para limitar las compras especulativas de vivienda vulnera varios artículos del Estatut catalán y de la Constitución española.
La proposición de ley fue registrada en el Parlament por Comuns y pactada con el Govern, que acordaron su tramitación de urgencia el pasado julio aunque la oposición frenó el proceso, que se retomará el próximo septiembre.
Y según el dictamen al que ha tenido acceso Efe, que no es vinculante y fue solicitado por Junts y el Partido Popular Catalán, esta tramitación por lectura única no permite la participación de entes de representación local, algo que ya habían denunciado las empresas de construcción catalanas. Además, consideran que el texto vulnera les competencias del Estado en materia de bases de las obligaciones contractuales, los derechos a la propiedad y a la herencia, la libertad de empresa y la seguridad jurídica.
La proposición de ley, que el Parlament acordó tramitar por lectura única con los votos de PSC, ERC, Comuns y la CUP, plantea que los ayuntamientos puedan limitar el número de viviendas que puede tener una persona en las calificadas como zonas tensionadas y condiciona su adquisición a que se destine a vivienda habitual (o a una segunda residencia, con condiciones).
El CGE señala que la lectura única -con la que se acortan los plazos de tramitación- vulnera en este caso el artículo 138 del reglamento del Parlament y el 23.2 de la Constitución. Recuerda que, según la doctrina establecida por el propio CGE, se requiere cumplir con los requisitos de «naturaleza» y «simplicidad» para optar por este procedimiento legislativo. Se recomienda reformar el reglamento del Parlament en este mismo sentido.
El hecho de que el Consell de Governs Locals y entidades municipalistas no hayan podido participar en la elaboración de la proposición de ley, asimismo, vulnera el artículo 85 del Estatut.
El dictamen censura ya el primer artículo de la proposición de ley y todos los preceptos vinculados a este, puesto que no respeta el artículo 129 del Estatut y vulnera el 149.1.8 de la Constitución, relativo a las bases de obligaciones contractuales, y afecta a «la regla básica de la autonomía de la voluntad y la libertad de pactos».
Los límites a la propiedad previstos en la iniciativa, asimismo, vulneran el derecho a la propiedad privada y a la herencia (artículo 33 de la Constitución): se contempla «un vaciamiento de la utilidad individual de la propiedad» y «una carga individual excesiva o desproporcionada», denuncia el dictamen.
De acuerdo con el CGE, el texto también es contrario al artículo 38 de la Constitución, ya que impone «un sacrificio absoluto de la libertad de empresa de todas las personas físicas que quieran operar en el sector de la vivienda» y es una «injerencia excesiva» en cuanto a lo que pueden hacer las personas jurídicas.
A la proposición de ley, asimismo, le falta «certidumbre y previsibilidad», lo que según el dictamen contraviene el artículo 9.3 de la Constitución, esto es, el principio de seguridad jurídica.
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